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Solicitud de Registro de Tercer Acreditado

Trámite que deben realizar las personas físicas o morales para contar con registro que les permita brindar servicios de capacitación, realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad y proporcionar servicios de consultoría y asesoría en materia de protección civil.

¿Qué debes considerar?

Solo se recibirán comprobantes cuyo domicilio se encuentre dentro de la Ciudad de México El Tercer Acreditado de Primer Nivel únicamente podrá impartir capacitación.

El Tercer Acreditado de Segundo Nivel podrá impartir capacitación y elaborar Programas Internos de Protección Civil de inmuebles de mediano riesgo con aforo menor a 100 personas.

El Tercer Acreditado de Tercer Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de mediano riesgo y programas especiales de hasta 5000 personas.

El Tercer Acreditado de Cuarto Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de alto riesgo y programas especiales superiores a 5000 personas.

El Tercer Acreditado de Quinto Nivel podrá impartir capacitación, elaborar programas internos para inmuebles de alto riesgo, programas especiales superiores a 5000 personas y realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad.

¿Quién realiza el trámite?

Persona física o moral. Personas físicas o morales que buscan obtener el registro para capacitar, realizar estudios de riesgo-vulnerabilidad y proporcionar servicios de consultoría y asesoría en materia de protección civil.

Requisitos Generales

  • Escrito solicitud dirigido al Director General de Prevención, especificando el nivel solicitado, así como las materias de capacitación (especificando las adicionales, para el caso de solicitar alguna) incluyendo domicilio para oír y recibir notificaciones, teléfono de contacto e imail; así como establecer el nombre de la o las personas que se autoricen para oír y recibir notificaciones, presentando una copia de una identificación.
  • Llenado del formato TSPC_SRT_1
  • Cartas descriptivas por cada materia de capacitación, conforme lo establecido en la Norma Técnica Complementaria que establece los Lineamientos de Capacitación para Brigadas en Materia de Protección Civil, asimismo deberán contener:
    • Nombre completo del curso a impartir
    • Objetivo General del curso
    • Objetivos Específicos
    • Contenido Temático
    • Duración total expresada en horas y sesiones
    • Material de Apoyo
    • Material de Apoyo
    • Universo que se atenderá
    • Perfil mínimo del aspirante
  • Comprobante de domicilio (ubicado dentro de la Ciudad de México, no mayor a 3 meses) :
    • Boleta de Impuesto Predial
    • Recibo de Servicio de Luz
    • Boleta de Servicio de Agua
    • Estado de Cuenta de Servicio Telefónico
  • Carta bajo Protesta de Decir Verdad de no ser Funcionario Público y no haberlo sido en el año inmediato anterior.
  • Copia simple de Identificación Oficial:
    • Credencial para Votar
    • Cédula Profesional
    • Pasaporte
  • Copia simple de RFC.
  • Comprobante de último grado de estudios.
  • Currículum Vitae actualizado.
  • Copia simple del CURP.
  • Carta conocimiento y compromiso de lo establecido en el Art. 111 de la LSPCDF.
  • Autorización expresa de publicación de datos.
  • Copia simple del Diploma o Constancia a expedir; el cual deberá contener nombre completo, domicilio y teléfono del capacitador; no deberá aparecer sello, logotipo o insignia perteneciente a Instituciones Oficiales.

Requisitos Específicos

PRIMER NIVEL.
  • Contar con constancias que comprueben:
    • - Curso de Formación de Instructores
    • - Curso de Relaciones Humanas
  • Manuales del Participante y Guías del Instructor debidamente registrados ante INDAUTOR (Especificar el nombre de las materias que se registran, incluyendo adicionales).
  • Inventario de Recursos Materiales.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 3 años de experiencia.
SEGUNDO NIVEL.
  • Todos los requisitos establecidos para el Primer Nivel.
  • Presentar 3 Programas Internos en CD, con las acreditaciones impresas.
  • Comprobar conocimientos en la materia de Análisis e Implementación de Normas.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 5 años de experiencia.
TERCER NIVEL.
  • Todos los requisitos establecidos para el Primer y Segundo Nivel.
  • Comprobar conocimientos en la materia de Administración de Emergencias.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 7 años de experiencia
CUARTO NIVEL.
  • Todos los requisitos establecidos para el Primer, Segundo y Tercer Nivel.
  • Comprobar conocimientos en las materias de:
    • - Administración
    • - Planeación Estratégica
    • - Administración de Emergencias y Desastres
    • - Manejo de Crisis
    • - Conocimientos Normativos
  • Realizar Plan o Programa para realizar Programa Interno de Protección Civil.
  • Realizar Plan o Programa para realizar Programa Especial de Protección Civil.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 10 años de experiencia
QUINTO NIVEL.
  • Todos los requisitos establecidos para el Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Nivel.
  • Cédula Profesional.
  • Especialización o Posgrado en el tipo de riesgo al que se dedicará.
  • Títulos, Constancias, Diplomas que acrediten 10 años de experiencia

Personas Morales

  • Cubrir los requisitos establecidos para cada Nivel.
  • Copia Certificada de:
    • 1) Poder Notarial
    • 2) Acta Constitutiva, siendo el objeto la Protección Civil o estar vinculado a la materia
  • El Representante Legal deberá contar con Registro Vigente de la Secretaría del Trabajo y Previsión social como Instructor Independiente.
  • Presentar Padrón de Terceros Acreditados que cuenten con Registro Vigente como Persona Física

NOTA.

Los Títulos, Constancias, Diplomas que comprueben conocimientos y experiencia deberán ser de Instituciones Gubernamentales, educativas Públicas y/o reconocidas.

Antes del ingreso de la documentación se deberá realizar con personal del área el cotejo de originales y copias.

PAGOS.

PERSONAS FÍSICAS.


Primer Nivel.
  • $1,948.50

    Expedición de Registro Persona Física Primer Nivel

  • $1,299.50

    Renovación de Registro Persona Física Primer Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

DEL SEGUNDO AL QUINTONIVEL
  • $5,196.00

    Expedición de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel

  • $3,248.00

    Renovación de Registro Persona Física a partir de Segundo Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

PERSONAS MORALES.


Primer Nivel.
  • $3,248.00

    Expedición de Registro Persona Moral Primer Nivel

  • $1,948.00

    Renovación de Registro Persona Moral Primer Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

DEL SEGUNDO AL QUINTONIVEL
  • $7,793.00

    Expedición de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel

  • $5,196.00

    Renovación de Registro Persona Moral a partir de Segundo Nivel

  • $389.60

    Aplicación de examen de conocimiento, por cada nivel y materia de registro solicitado

Procedimiento


1 Actor: Ciudadano
Acude a la Unidad de Atención Ciudadana a presentar su formato de solicitud, anexando la totalidad de los documentos.


2 Actor: Servidor público
Recibe el formato de solicitud, así como la documentación anexa, entrega el acuse al usuario y posteriormente turna el trámite al área competente para su resolución.


3 Actor: Servidor público
Procede a la revisión y análisis de la solicitud, así como de la documentación anexa, y en su caso programa al solicitante para evaluación.


4 Actor: Ciudadano
El solicitante se presenta para evaluación en la fecha programada.


5 Actor: Servidor público
Acude a la Unidad de Atención Ciudadana en el plazo de 15 días hábiles posteriores a la presentación de su evaluación, para recibir la respuesta emitida por el área competente.

Formato(s)

Tiempo de respuesta

15 días hábiles

Información Jurídica

De acuerdo a los fundamentos jurídicos

  • Ley del Sistema de Protección Civil del Distrito Federal Artículos 16 fracciones XXIV y XXV, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 23 Bis fracción XI.
  • Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal Artículo 119 Bis fracción VII.

Fundamento jurídico del costo

Artículo 258 Fracción IV del Código Fiscal del Distrito Federal.

Plazo máximo de respuesta

15 días hábiles

¿Qué ocurre si no dan respuesta a mi trámite en el plazo establecido?

Afirmativa ficta: procede afirmativa ficta.

Negativa ficta: no procede negativa ficta.

Documento(s) o beneficio(s) a obtener

Autorización Vigencia: 2 año(s).

Registros de Terceros Acreditados

Personas Físicas

Personas Morales

Para consultar los requisitos establecidos para el otorgamiento de Autorización o renovación del Registro de Tercer Acreditado, acudir al apartado de SERVICIOS

Referencias para evaluaciones correspondientes a solicitud de Registro de Tercero Acreditado

Proecedimientos de Evaluación para Solicitantes de Registro o Renovación de Registro de Tercer Acreditado