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ARTÍCULO 123


Artículo 123. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:

Artículo 123, Fracción I Las iniciativas de leyes o decretos y demás disposiciones generales o particulares en materia administrativa;


Artículo 123, Fracción II El Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;


Artículo 123, Fracción III.-El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados, desglosando su origen y destino, precisando las cantidades correspondientes a su origen, ya sea federal o local, y señalando en su caso, la cantidad que se destinará a programas de apoyo y desarrollo de los Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales;


Artículo 123, Fracción IV.-El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;


Artículo 123, Fracción V.-Los listados de las personas que incluyan nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes, que han recibido exenciones, condonaciones o cancelaciones de impuestos locales o regímenes especiales en materia tributaria local, así como los montos respectivos cuidando no revelar información confidencial, salvo que los mismos se encuentren relacionados al cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de los mismos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;


Artículo 123, Fracción VI.-El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.


Artículo 123, Fracción VII.-La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por el Gobierno de la Ciudad de México que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio, a través de mapas y planos georreferenciados;


Artículo 123, Fracción VIII.-Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevea la legislación aplicable al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones;


Artículo 123, Fracción IX.-Fracción IX.-Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia;


Artículo 123, Fracción X.-En materia de investigación de los delitos, estadísticas sobre el número de averiguaciones previas o carpetas de investigación: a) En su caso las que fueron desestimadas; b) En cuántas se ejerció acción penal; c) En cuántas se propuso el no ejercicio de la acción penal; d) En cuántas se aplicaron los criterios de oportunidad; e) En cuántas se propuso la reserva o el archivo temporal; y f) Además de las órdenes de aprehensión, de comparecencia, presentación y cateo;


Artículo 123, Fracción XI.-Las cantidades recibidas por concepto de multas y servicios de grúa y almacenamiento de vehículos, en su caso, así como el destino al que se aplicaron;


Artículo 123, Fracción XII.-Los reglamentos de las leyes expedidos en ejercicio de sus atribuciones;


Artículo 123, Fracción XIII.-Los convenios de coordinación con la Federación, Entidades Federativas y Municipios, y de concertación con los sectores social y privado, señalando el objeto, las partes y tiempo de duración; (antes artículo 15, fracción VIII)


Artículo 123, Fracción XIV.-La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas;


Artículo 123, Fracción XV.-Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos, así como informes de avance trimestral de dichos ingresos;


Artículo 123, Fracción XVI.-Relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, certificaciones de uso de suelo, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales, que permita conocer el estado, situación jurídica y modificaciones de cualquier índole de cada predio, para la ejecución de obras de construcción, ampliación o demolición de edificaciones o instalaciones o realizar obras de construcción, reparación, y mejoramiento de instalaciones subterráneas;


Artículo 123, Fracción XVII.-Los recursos remanentes de los ejercicios fiscales anteriores, así como su aplicación específica;


Artículo 123, Fracción XVIII.-Los usos de suelo a través de mapas y planos georreferenciados que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso de suelo con que cuenta cada predio;


Artículo 123, Fracción XIX.-La georreferenciación e imagen de todas las obras públicas, señalando: sector al que pertenece, ubicación, monto asignado y ejercido;


Artículo 123, Fracción XX.-Un listado de las oficinas del Registro Civil en la Ciudad de México, incluyendo su ubicación, el currículum y antigüedad en el cargo de los oficiales o titulares y las estadísticas de los trámites que realice.


Artículo 123, Fracción XXI.-Un listado de los títulos y las empresas concesionarias que participan en la gestión del agua;


Artículo 123, Fracción XXII.-Los mecanismos e informes de supervisión del desempeño de las empresas concesionarias que participan en la gestión del agua;


Artículo 123, Fracción XXIII.-Información sobre las tarifas del suministro de agua potable según los diferentes usos doméstico, no doméstico y mixto por Colonia y Delegación; el método de cálculo, y la evolución de las mismas;


Artículo 123, Fracción XXIV.-Información trimestral sobre la calidad del agua de la ciudad;


Artículo 123, Fracción XXV.-Las manifestaciones de impacto ambiental; y


Artículo 123, Fracción XXVI.-Los resultados de estudios de calidad del aire.